10 de marzo de 2026

El Observatorio de Derecho Privado Fernando Hinestrosa (PrivEx)

Por: Edgar Cortés[1] [2]

1. Nace el Observatorio de Derecho Privado del Departamento de Derecho Civil del Externado y recibe el nombre de Fernando Hinestrosa, lo que representa, sin duda, un doble acierto: de un lado se trata de un momento más que oportuno para detenerse a observar el derecho y las vertiginosas transformaciones que se están sucediendo y, de otro, resulta una ocasión propicia para evocar por medio del trabajo, y a 14 años de su partida, a Fernando Hinestrosa quien fuera un estudioso de siempre, un atento y agudo observador de la naturaleza humana, de las sociedades y de su derecho.

Fernando Hinestrosa se definía a sí mismo, coloquialmente, como un novelero, siempre ávido de encontrar y conocer cosas diferentes, singulares, raras, nuevas, y para quien, sin duda, el mundo tomaba sentido si se lo entendía como un verdadero gabinete de curiosidades

“(…) estéticas, filosóficas, científicas; lo que comenzó por ser apenas novelería tomará cuerpo, adquirirá matices variados, estimulantes, placenteros. Vencida la resistencia inicial a lo distinto, irrumpirán placeres desconocidos y embriagantes. La disonancia alternando con la armonía, la melodía con el ritmo, el mito entrelazado con la ciencia, el bien común con el bienestar individual, la razón con el instinto. Un pensamiento incrédulo cargado de optimismo; un hombre que se yergue sobre su precariedad y que repudiando la patraña de ser rey de la creación, afirma su sed de saber y su voluntad de poder”[3].

Un pensamiento incrédulo cargado de optimismo, qué si no eso es el trabajo y la materia prima del investigador, pues quien se ocupa del estudio del derecho tiene el deber de dudar, de ser curioso, y de confiar, no solo como aspiración o anhelo, sino como virtud cotidiana, verdadera condición para poder conocer su ciencia. Y ser curioso comporta, ante todo observar, observar la realidad circundante, observar a los demás y observarse a sí mismo, para poder entender y entonces sí, para poder decir.

Sin embargo, no siempre es fácil tener algo qué decir, algo que pueda ser relevante, como es difícil, también, saber cómo decirlo, de qué forma y en qué momento. Por eso un espacio como el Observatorio de Derecho Privado que hoy se abre resulta tan importante, no solo porque ofrece el espacio, a más diferentes maneras de expresar una opinión, sino porque de entrada define un contexto que no es otro que la comunidad académica a la que pertenecemos, el Externado y más en concreto el Departamento de Derecho Civil, que a más del rigor y la disciplina, siempre han sido lugares del libre pensamiento, la tolerancia y el trabajo por un ideal común que no es otro que  la consolidación de una sociedad digna y democrática.

2. Si se le preguntara a quien quiera que fuera, en cualquier momento y en cualquier lugar sobre su propia época, afirmaría que hubo de vivir tiempos convulsos, difíciles, de cambio, de transformación, y quizás todos estarían en lo cierto. Cada generación hace frente a sus propias vicisitudes y a las transformaciones que trae de suyo el hecho de vivir en comunidad; es una realidad que las sociedades cambian, que las generaciones nuevas se imponen con su fuerza vital y señalan nuevos ritmos y nuevos rumbos por transitar y a quienes van pasando a menudo les cuesta entenderlos y adaptarse, de ahí la evocación constante de los tiempos pasados que Hinestrosa, amante de la vanguardia, rebatía afirmando que ‘ningún tiempo pasado fue mejor, ni volverá’, para dar a entender que los movimientos sociales y los cambios son inevitables y que de nada vale añorar un tiempo que de cualquier forma estaba llamado a ser superado y que se extraña solo en la medida en que fue el propio.

Y así como cambia la sociedad, cambia también el derecho, y aunque los tiempos del derecho son, por lo general, lentos (se diría quizás que lentos son los tiempos de la ley), su movimiento es constante y el jurista no puede limitarse a ser solo un observador pasivo, se diría un notario que simplemente da cuenta de las dichas transformaciones; por el contrario, el jurista además de notarlas o verificarlas tiene la tarea principal de explicarlas, y se diría que incluso debe propiciarlas, pues un jurista que se resiste al cambio, incluso alegando la certeza y la estabilidad del ordenamiento, lo único que logra es que se vea al derecho como un factor de perturbación social[4]. El derecho, por definición, debe ajustarse al cambio y al jurista corresponde esa tarea.

3. Con todo, pareciera que los tiempos presentes nos traen un cambio mayúsculo del que quizás los historiadores dirán, llegado el momento, que se trató de un cambio de época, así como la caída del Imperio Romano marcó el fin de la antigüedad. El jurista de hoy en poco se parece a ese modelo glorioso que salió de las codificaciones y que en su apego a la ley se limitaba a aplicar el derecho que daba otro. Por el contrario, el jurista de nuestros días tiene que hacer las cuentas con un sinfín de fenómenos que se presentan implacables y que hacen complejo su trabajo: las tensiones políticas y los conflictos bélicos que parecen crecer; los juegos de poder comercial, la guerra de aranceles y la llamada, ahora, desglobalización que entra en escena cuando no se había completado la explicación acerca del alcance de la globalización, y que vuelve a darle prioridad a lo local (las industrias, las comunidades); la pandemia y sus consecuencias; los movimientos sociales que, con razón, perseveran en sus reivindicaciones, más allá de que sus demandas hayan generado a la par movimientos de reacción, por no decir reaccionarios.

“(U)n derecho incierto, convulsivo, confuso, en medio del aluvión de mutaciones sociales profundas y veloces, de liberaciones políticas y éticas incontenibles, con las consiguientes presiones sociales, del desconcierto y el desprestigio de las instituciones. El derecho que por definición y exigencia política debe ajustarse a la realidad cambiante, aparece corriendo tras la sombra, siempre rezagado, sin rumbo cierto y desconfiado de su propio valor y efectividad…Indispensable, entonces emprender el análisis de lo que está ocurriendo ante nuestros ojos, para tomar aliento y, manteniendo la cordura y la sindéresis, ver cómo se pueden conservar, o recuperar, los valores y la función del derecho (…)[5].

Como lo dice Hinestrosa, resulta indispensable observar, para tomar aliento, para entender; la renovación del pensamiento jurídico se hace imperativa y de ahí que esa invitación resulte oportunamente recogida por el Observatorio que, en buena hora, se abre.

4. Qué debe hacer un observatorio, para qué observar: en primer lugar para dialogar, esto es interpelar a la jurisprudencia, a la ley, en sentido amplio, a la misma doctrina, el derecho es pluralismo y composición de ideas, sentimientos y aún prejuicios y de ahí que se haga necesario entablar una conversación que logre, en primer lugar, definir los temas de la discusión, para luego sí, argumentar, proponer, concluir; lo cierto es que el diálogo genera confianza no solo entre quienes lo llevan adelante, sino también entre quienes lo conocen, lo siguen, la comunidad jurídica, de un lado, pero sobre todo la sociedad toda que al acercarse a las discusiones y entenderlas ve en el derecho la herramienta que viene a facilitar y explicar su vida, y a traducir la conciencia y los anhelos del grupo social, que en últimas es la función del derecho.

Así, el jurista que observa y que opina a partir de un diálogo que ha instaurado, un diálogo que se debe volver constante, debe poder persuadir, debe convencer a los destinatarios del derecho de que la dimensión formal que este tiene es necesaria, que el aparato conceptual que usa resulta necesario para poder explicar los fenómenos sociales y sobre todo para garantizar la eficacia de los derechos. No hay que olvidar que el derecho, por decirlo así, es una realidad virtual, que no se corresponde con una realidad física o natural; el derecho es creación, verdadera invención del hombre que establece categorías, conceptos, procedimientos, los que, con todo, no pueden ser entendidos si no es en las vivencias cotidianas de sus destinatarios.

Y el jurista que observa, que dialoga y persuade, debe, entonces, tener la conciencia de que con su trabajo no hace otra cosa que moldear la sociedad para la que trabaja: cuando deduce o reconoce un interés que emerge del grupo y que considera digno de protección o cuando interpreta y le da un sentido a una norma o cuando extiende un derecho a un nuevo supuesto, no hace otra cosa que delinear la sociedad, señalar un modo de ser, crear una identidad, tarea que se revela de las más profunda importancia.